El pasado 24 de febrero ha sido publicada, en el Boletín Oficial del Estado, el Acta suscrita por la Comisión Paritaria del Convenio General del Sector de la Construcción en la que se contienen los acuerdos sobre modificación de determinados artículos del citado convenio, así como sobre el procedimiento para la homologación de actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales.
El Convenio General del Sector de la Construcción establece una serie de disposiciones respecto de la formación en materia preventiva, razón por la cual se publicó un procedimiento para la homologación de las actividades formativas. Habiendo pasado más de un año de su aplicación, se aprueba el reglamento de condiciones para el mantenimiento de la homologación de actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales, a fin de clarificar y especificar los requisitos exigibles.
Por otro lado, el Acta de la Comisión Paritaria aprueba la modificación de ciertos artículos del convenio, respecto de los requisitos de los beneficiarios y la documentación requerida para la obtención de la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC).
En este sentido, se acuerda ampliar de doce a treinta y seis meses el período marco en el que los trabajadores desempleados deben haber estado dados de alta, en empresas del ámbito del convenio, para ser considerados beneficiarios de la TPC. Además, se amplía el plazo para la presentación del informe de vida laboral necesario para solicitar la TPC, que pasa a ser de noventa días.
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