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08/05/2008 - Nuevo Decreto Construcción
El Govern pone en marcha un registro telemático para acreditar las empresas contratistas y subcontratistas de la construcción. La previsión del Departament de Treball es que en Catalunya se registren unas 80.000 empresas.

El Govern ha aprobado el Decreto que regula la creación del Registro de Empresas Acreditadas de Catalunya (REA), dónde deben figurar todas las empresas que quieran operar en el sector de la construcción, ya sea como contratistas o como subcontratistas. El proceso de inscripción se abrirá el próximo martes 13 de mayo, y a partir del 26 de agosto será obligatorio para todas las empresas que trabajen en una obra figurar al REA. La previsión del Departament de Treball es que en Catalunya se registren unas 80.000 empresas.
 
Catalunya es la primera comunidad autónoma que ha apostado por hacer este registro totalmente telemático, es decir, que las empresas tendrán que hacer todos los trámites a través de una web integrada en la página del Departament, dónde podrán ir introduciendo toda la información y los documentos –en formato electrónico- que se les requiera para poderlas registrar.
 
El objetivo de este registro es que todas las empresas que operan en el sector –constructoras, pero también empresas de serralleria, enrajoladores, de pintura, instaladores de toda clase, etcétera- demuestren que reúnen las condiciones que establece la mencionada ley. Hace falta decir que los autónomos que no tengan trabajadores por cuenta ajena y los promotores que no sean contratistas no se deben registrar.
 
La consellera de Treball, Mar Serna, ha destacado que este es un instrumento que da “seguridad a las personas y a las empresas” puesto que las empresas que formen parte del registro “habrán informado que tienen una organización preventiva y que sus trabajadores, desde el primero o primera directiva hasta el último trabajador o trabajadora, tienen formación en prevención de riesgos laborales”.
 
La creación del Registro de Empresas Acreditadas para la Subcontratación es una de las obligaciones que emanan de la Ley reguladora de la subcontratación aprobada el 2006.
 
Regular el sector de la construcción
 
Las empresas que quieran trabajar como contractistas o subcontratistas en obras de construcción deberán reunir los siguientes requisitos: 

1.- Tener una organización productiva propia, es decir, contar con medios materiales y personales adecuados y utilizarlos para el ejercicio de la actividad contratada.

2.- Asumir los riesgos, las obligaciones y las responsabilidades que se puedan derivar de sus actuaciones. 

3.- Ejercer de forma directa la organización y la dirección del trabajo desarrollado por sus trabajadores en la obra.

4.- Acreditar que disponen de recursos humanos –tanto a nivel productivo como de dirección- con la debida formación en prevención de riesgos laborales, así como de una organización preventiva adequada.

5.- Estar inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas para la Subcontratación. 

La inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas tendrá una validez de tres años, pasados los cuales se deberá de renovar.
 
Campaña informativa de Treball a las empresas
 
Teniendo en cuenta la importancia que tiene para todas las empresas del sector estar inscritas en el REA, el Departament de Treball iniciará una campanya informativa dirigida a las empresas vinculadas en las obras de construcción para recordarles la necesidad de registrarse, ya que a partir del 26 de agosto será exigible estar inscrito en el REA para poder trabajar en una obra de construcción.
 
Así, se han editado 90.000 dípticos con información sobre como inscribirse y cual es la información y los documentos que se deben aportar. Estos folletos se enviaran tanto a las patronales como a los sindicatos y a las empresas para recordarles la obligación de registrarse.
 

También se publicaran anuncios en la prensa generalista y en la especializada, y se emitirán falcas de radio, una cuando se abra el periodo de inscripción, i otro hacia el final del periodo inicial de inscripción, en el mes de agosto, para recordar a las empresas la obligación de figurar en el REA.

Legislación:

· Decreto 102/2008, de 6 de mayo, de creación del Registro de Empresas Acreditadas de Catalunya para intervenir en el proceso de contratación en el sector de la construcción

· Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción

Más información:

 


Fuente: Departament de Treball - Generalitat de Catalunya

 
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